JSTOMI
miAcuerdo de agencia exclusivo
JSTOMI
miAcuerdo de agencia exclusivo
Este acuerdo se celebra y celebra entre las partes interesadas el 20 de septiembre de 1992 en Qingdao, China, sobre la base de igualdad y beneficio mutuo para desarrollar negocios en los términos y condiciones acordados mutuamente de la siguiente manera:
1. Las partes interesadas
Partido B: empresa xxx
DIRECCIÓN: XXXX
Teléfono: 33XXXXXX
Fax: 33XXXXXX
Partido B: XX Compañía Comercial (Pte) Ltd.
Agregar: XXXX Tel: XXXXX Fax: XXXXX
2. Cita
La Parte A nombra por la presente a la Parte B como su Agente Exclusivo para solicitar pedidos del producto básico estipulado en el Artículo 3 de clientes en el territorio estipulado en el Artículo 4, y la Parte B acepta y asume dicho nombramiento.
3. Productos básicos
Máquinas de TORNO CNC Marca “JSWAY”, TORNO Y CENTRO DE MECANIZADO SUIZO
4. Territorio
Sólo en tu propio país
5. Volumen de negocios mínimo: 5 juegos/año
6. Precio y Pago
El precio de cada transacción individual se fijará mediante negociaciones entre la Parte B y el comprador, y estará sujeto a la confirmación final de la Parte A.
El pago se realizará mediante carta de crédito confirmada e irrevocable abierta por el comprador a favor de la Parte A, que llegará a la Parte A 15 días antes de la fecha de envío. Y se acepta un depósito del 30% + pago del saldo del 70% por telegrafía.
7. Derecho exclusivo
En consideración de los derechos exclusivos otorgados en este documento, la Parte A no venderá ni exportará, directa o indirectamente, el producto básico estipulado en el artículo 4 a clientes en XXX a través de canales distintos de la Parte B; La Parte B no venderá, distribuirá ni promoverá las ventas de ningún producto competitivo o similar al producto anterior en XXX y no solicitará ni aceptará pedidos con el fin de vender. fuera de Singapur. La Parte A remitirá a la Parte B cualquier consulta o pedido del producto en cuestión recibido por la Parte A de otras empresas en XXX durante la vigencia del presente acuerdo.
8. Informe de mercado
Para mantener a la Parte A bien informada de las condiciones imperantes en el mercado, la Parte B debe comprometerse a suministrar a la Parte A, al menos una vez al trimestre o en cualquier momento cuando sea necesario, informes de mercado relativos a los cambios de las regulaciones locales en relación con la importación y ventas del producto cubierto por este acuerdo, la tendencia del mercado local y los comentarios del comprador sobre la calidad, embalaje, precio, etc. de los bienes suministrados por la Parte A bajo este acuerdo. La Parte B también proporcionará a la Parte A cotizaciones y material publicitario sobre productos similares de otros proveedores.
9. Publicidad y Gastos
La Parte A correrá con todos los gastos de publicidad y publicidad relacionados con el producto en cuestión en XXX dentro de la validez de este acuerdo, y presentará a la Parte A todos los materiales de audio y video destinados a la publicidad para su aprobación previa. La parte A proporcionará el apoyo necesario si la parte B asiste a la feria comercial.
10. Transacciones entre organismos gubernamentales
Las transacciones celebradas entre organismos gubernamentales de la Parte A y la Parte B no estarán restringidas por los términos y condiciones de este acuerdo, ni el monto de dichas transacciones se contará como parte del volumen de negocios estipulado en el artículo 5.
11. Derechos de Propiedad Industrial
La Parte B podrá utilizar las marcas comerciales propiedad de la Parte A para la venta de las Máquinas CNC aquí cubiertas dentro de la validez de este acuerdo, y reconocerá que todas las patentes, marcas comerciales, derechos de copia o cualquier otro derecho de propiedad industrial utilizados o incorporados en el CNC Machines seguirá siendo propiedad exclusiva de la Parte A. Si se descubre alguna infracción, la Parte B notificará de inmediato y ayudará a la Parte A a tomar medidas para proteger los derechos de esta última.
12. Validez del Acuerdo
Este acuerdo, debidamente firmado por ambas partes interesadas, permanecerá en vigor durante 12 meses desde el 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019, y se prorrogará por otros 12 meses a su vencimiento, a menos que se notifique lo contrario por escrito. .
13. Terminación
Durante la vigencia de este acuerdo, si se determina que cualquiera de las dos partes ha violado las estipulaciones del presente, la otra parte tiene el derecho de rescindir este acuerdo.
14. Fuerza mayor
Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento o retraso en el cumplimiento total o parcial de este acuerdo debido a inundaciones, incendios, terremotos, sequías, guerras o cualquier otro evento que la parte relativa no pueda predecir, controlar, evitar o superar. . Sin embargo, la parte afectada por el evento de Fuerza Mayor deberá informar a la otra parte de su ocurrencia por escrito lo antes posible y luego enviar un certificado del evento emitido por las autoridades pertinentes a la otra parte dentro de los 15 días posteriores a su ocurrencia.
15. Arbitraje
Todas las disputas que surjan de la ejecución de este acuerdo se resolverán mediante negociación amistosa. Si no se llega a un acuerdo mediante negociación, el caso se someterá a arbitraje ante la Comisión de Arbitraje Económico y Comercial Internacional de China (Beijing) y se aplicarán las normas de esta Comisión. El laudo del arbitraje será definitivo y vinculante para ambas partes.
Partido A: JSWAY CNC MÁQUINA HERRAMIENTA CO., LTD.,
Limitado Parte B: Compañía XXX (Pte)
Limitado.
(Firma) (Firma)
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